La cantidad que determina los impuestos que vamos a pagar en la declaración de la
Renta es la renta disponible, que se define como el dinero que puede utilizar el
contribuyente después de atender sus necesidades básicas y las de las personas que
dependen de él. A todo lo ganado se le resta una cantidad que Hacienda estima como
necesaria para cubrir estas necesidades, lo que se denomina mínimo personal y familiar.
De esta manera la gran mayoría de los gastos que antes eran deducibles desaparecieron
dejando solo algunas excepciones.
Entre estos gastos están las aportaciones a partidos políticos, sindicatos o las cuotas que
algunos trabajadores pagan a sus colegios profesionales. También se mantienen las
cuotas a abogados por su defensa jurídica en el caso de pleitos relacionados con su
trabajo, una deducción que, además, añaden algunas comunidades autónomas, como
Andalucía.
Uno de los tipos de gastos más extensos deducibles en el tramo autonómico son los
gastos de educación. Los más comunes son la deducción por compra de libros de texto
y/o material escolar que aplican Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Extremadura,
Islas Baleares, Murcia o la Comunidad Valenciana.
En Madrid, estas deducciones se aplican a uniformes, gastos por aprendizaje de
idiomas, que también existe en las Islas Baleares, y cuotas de escolaridad obligatorias.
Otra partida muy común de facturas que puede deducirse parcialmente son los gastos de
guardería y/o cuidado de menores de 3-4 años en Asturias, Cantabria, Castilla y León,
Galicia o Madrid.
Cantabria y Canarias tienen deducciones por gastos en salud. En el caso de Cantabria
cubre hasta un 10% de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año
por la prestación de servicios sanitarios por motivo de enfermedad, salud dental,
embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez. En Canarias, se cubre también
hasta el 10% de los gastos de prestación de servicios realizada por quienes tengan la
condición de profesionales médicos o sanitarios, excepto los farmacéuticos.
Galicia aplica de forma limitada en el tiempo, una deducción de parte de sus gastos en
Internet, en concreto “por uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos”, algo
parecido ocurre con La Rioja que incluye una deducción de gastos por acceso a Internet
para los jóvenes emancipados. La Comunidad Valenciana también tiene una deducción
por gastos en abonos culturales.
Los trabajadores autónomos son el colectivo que más gastos puede deducirse, siempre
que estén relacionados con su actividad económica o profesional. Siempre deben
reflejarse en una factura, en general a nombre del autónomo, o, en caso de pequeños
importes en facturas simplificadas, con la identificación fiscal de quién la emite.
Algunas de las desgravaciones más habituales para este colectivo son:
Servicios Exteriores. Incluye gastos como telefonía, Internet, Luz, agua, etc.
Seguros relacionados con la actividad profesional. Por ejemplo, las pólizas por
responsabilidad civil.
Vehículo. Sólo se desgrava el 100% si es una actividad dedicada al transporte de
viajeros o de mercancías.
Transporte público y gastos de viaje. Debe estar muy claro el carácter
profesional del viaje para poder justificarlo.
Ropa. Sólo vestuario profesional, entre los que se incluye ropa con anagrama o
logotipo, o vestimenta que sólo se utilice para tu trabajo.
Seguro de salud. En el que el autónomo no solo puede deducir su póliza sino
también las de su familia. Eso sí, el máximo al año es de 500 euros anuales.