La casilla 505 nos permite obtener el número de referencia para conseguir el borrador de la Renta y poder hacer la declaración. Sin embargo, existen más formas de obtener dicho borrador y cumplir nuestras obligaciones con Hacienda.
Si no realizó la declaración el año pasado, no podrá acceder a esa casilla, ya que corresponde a la del ejercicio anterior y, por lo tanto, no podrá tener el número de referencia.
Puede darse otro caso también y es que sea el propio contribuyente el que inhabilite su número de referencia de forma indefinida cuando crea que pueden existir brechas de seguridad.
Para todos estos casos se puede obtener el borrador, ya sea en la Sede Electrónica o en la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, de dos formas diferentes: mediante el certificado digital o la Cl@ve PIN.
El certificado digital lo otorga la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y se consigue a través de cuatro sencillos pasos, entre ellos, la entrega de documentación a las Oficinas de Acreditación. Cuando lo tenga en su poder, deberá elegir en el portal de Renta, el acceso con certificado digital o DNI electrónico.
La AEAT permite usar Cl@ve PIN para acceder al borrador y adjunta ayuda para conseguir este método, que también permite la realización de otros trámites dentro de la Administración.